Saludos
19 mayo del 2026
C.I: 036-031-1013-2025
Causa Penal: 41/2025
Asunto: Urgente Consideraciones respecto al caso CNI-Jotolá, Chiapas
Al gobierno Federal:
Lic. Claudia Sheinbaum
Presidenta de la Republica
Lic. Rosa Icela Rodríguez.
Secretaria de Gobernación Federal
Lic. Arturo Medina
Subsecretario de Derechos Humanos del Gobierno Federal
Al gobierno Estatal:
Lic. Eduardo Ramírez Aguilar.
Gobierno del Estado de Chiapas.
Lic. Dulce María Rodríguez Ovando
Secretaria General de Gobierno
Lic. Asunción Malena Vázquez Méndez
Dirección de Derechos Humanos Chiapas
Lic. Jorge Luis Llaven Abarca.
Fiscalía General del Estado
Lic. Floralma Gómez Santiz
Fiscalía de Justicia Indígena
Lic. Juan Carlos Moreno Guillén
Tribunal Superior de Justicia de estado de Chiapas
Lic. Agustin López Martínez
Juez de Primera Instancia del Juzgado de Control
Lic. Horacio Culebro Borrayas
Comisión Estatal de los Derechos Humanos
P r e s e n t e
Acudimos a ustedes con el debido respeto para solicitar que su intervención justa toda vez que el 21 de mayo del 2026 en la causa penal 41/2025 se celebrara la audiencia inicial en contra de las y los compañeros mayas tseltales:
Manuel Moreno Pérez
José Moreno Hernández
Francisco Moreno Hernández
Jerónimo Moreno Hernández
Victorio Moreno Hernández
Carlos Moreno Hernández
Jerónima Moreno Hernández
Antonia Hernández López
María de Jesús Sánchez Gómez
Sofía López Santiz
de las 10 personas Francisco Moreno Hernández y María de Jesús Sánchez Gómez se encuentran injustamente vinculados a proceso, Francisco está en prisión y María de Jesús firma periódicamente.
Las compañeras y los compañeros que se encuentran acusados injustamente son integrantes del Congreso Nacional Indígena. De acuerdo con la documentación recabada, se tiene conocimiento que las tierras de las cuales fueron desplazados forzadamente el 12 de febrero del 2026 en el ejido Jotolá, Chilón, Chiapas, son tierras recuperadas legítimamente de los terratenientes en el contexto del levantamiento del EZLN en 1994, y por más de 30 años han sido ocupadas de forma pacífica, continua y pública.
En el evento participaron elementos de la Guardia Estatal, Fiscalía de Justicia Indígena, Tribunal Unitarios Agrario y el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas. Los hechos documentados ponen de manifiesto que las autoridades locales y federales violaron los derechos humanos, consistentes en el uso excesivo de la fuerza, detenciones arbitrarias, tortura, malos tratos y amenazas de desaparición; así como el desplazamiento forzado de 8 familias 35 personas en total de las cuales 17 son niñas, niños y adolescentes, (dos con discapacidad) una mujer embarazada y dos adultos mayores. También fueron destruidas 5 viviendas, se incurrió en robo de pertenencias y dinero en efectivo. Resulta alarmante que estas formas de violencia se normalicen en los procesos de impartición de justicia.
Las compañeras y compañeros acusados injustamente cuentan con medidas de protección otorgadas por la justicia federal, la cual retomó la jurisprudencia 1a./J.16/97 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que establece que en actos que afectan la libertad personal el proceso penal puede continuar sin necesidad de privar de la libertad a las personas quejosas, pudiendo imponerse medidas menos gravosas para garantizar su comparecencia. En consecuencia, el Juzgado de Control se encuentra obligado a acatar los efectos de dicha suspensión federal y abstenerse de ejecutar cualquier acto de detención o reaprehensión en su contra.
Por ello, cualquier intento de detención, reaprehensión o ejecución de órdenes de aprehensión contra Francisco Moreno Hernández, María de Jesús Sánchez Gómez y las demás personas protegidas por dichas suspensiones constituiría un desacato a resoluciones emitidas por el Poder Judicial de la Federación, además de una grave violación a los derechos al debido proceso, libertad personal y seguridad jurídica.
Interpelamos a las obligaciones del Estado mexicano para garantizar, respetar y proteger la libertad, la vida, la integridad y seguridad personal, así como la propiedad de las 35 personas desplazadas por lo que exigimos a ustedes lo siguiente:
Libertad inmediata e incondicional de los compañeros Francisco Moreno Hernández y María de Jesús Sánchez Gómez, así como el cumplimiento irrestricto de las suspensiones definitivas otorgadas por la justicia federal, absteniéndose las autoridades de ejecutar cualquier acto de detención o reaprehensión en su contra.
Cancelación inmediata de las 8 órdenes de aprehensión vigentes seguidas en la causa penal 41/2025.
Investigación y sanción de las violaciones a derechos humanos cometidas por la actuación de la Guardia Estatal, Fiscalía Indígena, Tribunal Agrario e INPI.
Atención humanitaria urgente, priorizando brindar asistencia médica de los menores de edad (dos con discapacidad), adultos mayores y mujer embarazada.
Restitución de tierras, vivienda y otros bienes destruidos y robados.
Cese del despojo en tierras recuperadas y la criminalización de quienes defienden la tierra y territorio.
Sin más por el momento, le reiteramos todas nuestras consideraciones.
Atentamente,
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